Lo que hay que saber sobre la Microempresa familiar

¿Qué es una Microempresa Familiar?

Una Microempresa Familiar, en virtud de la Ley 19749 (que las crea) y el Decreto 102 (que las reglamenta) es:

“una empresa, perteneciente a una o más personas naturales que residan en la casa habitación, que puede desarrollar labores profesionales, oficios, industria, artesanía, o cualquier otra actividad lícita, ya sea de prestación de servicios o de producción de bienes, excluidas aquellas peligrosas, contaminantes o molestas, y que reúne los siguientes requisitos:

a) Que la actividad económica que constituya su giro se ejerza en la casa habitación familiar;

b) Que en la microempresa familiar no trabajen más de cinco trabajadores extraños a la familia, y

c) Que los activos productivos de la microempresa familiar, sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no excedan las 1.000 unidades de fomento.”

Explicado de forma más breve, una Microempresa Familiar es aquella empresa formada por una o más personas que realizan su actividad económica en la misma casa en la que viven, que no tengan más de cinco trabajadores que no pertenezcan a la familia y cuyos activos productivos (maquinarias, insumos, materias primas, etc.), en total, no valgan más de 1000 UF.

¿Cuál es la principal ventaja de ser Microempresa Familiar?

La principal ventaja de ser Microempresa Familiar es que la Municipalidad para otorgar la patente, así como la autorización para funcionar en la casa habitación familiar, no considerará las limitaciones relativas a la zonificación comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales ni las autorizaciones que previamente deben otorgar las autoridades sanitarias u otras que contemplen las leyes y que afecten a dicho inmueble, excepto las limitaciones o autorizaciones dispuestas en el decreto supremo Nº 977, de 1997, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Sanitario de los Alimentos.


Otras ventajas


Las Microempresas Familiares pueden acceder a un procedimiento simplificado e integrado de Inicio de Actividades, cambio de domicilio o de actividad, y obtención de patente municipal, al momento de efectuar la formalización en el Municipio.


Las Microempresas Familiares pueden realizar trabajos por encargo de terceros que se conoce como "maquila" (sin la existencia de IVA), donde el contribuyente que encarga el trabajo emite una factura de compra por los trabajos realizados.

¿Qué actividad puedo desarrollar como Microempresa Familiar?

Cualquier labor profesional, oficio, comercio, pequeñas industrias o talleres, artesanía o cualquier otra actividad lícita de prestación de servicios o de producción de bienes. Sin embargo, la ley excluye aquellas actividades consideradas peligrosas, contaminantes y molestas.


¿Tengo que hacer algún trámite para ser Microempresa Familiar?


Sí debo hacer algunos trámites:


1- Existe un procedimiento simplificado de Inicio de Actividades para las Microempresas Familiares utilizando el Formulario de Inscripción, Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades. Para lo anterior, el microempresario debe concurrir primeramente a la municipalidad respectiva, donde podrá solicitar dicho formulario, el que debe ser llenado junto a un funcionario municipal y presentado en la misma municipalidad, el cual servirá para inscribirse en el Registro Municipal.


2- Después debe dirigirse a la Unidad del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a su domicilio y presentar en el área de RUT e Inicio de Actividades los siguientes documentos:


· su cédula de identidad
· la copia-contribuyente y copia_SII del Formulario de Inscripción, Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades visados por el municipio respectivo.

¿Quién ya tiene iniciación de actividades se puede acoger a la Microempresa Familiar?

Sí, siempre que además cumpla con todos los requisitos.


¿Si la casa donde quiero trabajar es arrendada puedo ser Microempresa Familiar?

Sí, basta con que sea legítimo ocupante de la vivienda.


¿Qué pasa si vivo en un condominio?

Si vivo en un condominio necesitaré aportar la autorización dada por el comité de administración respectivo.


Para ver la clasificación de Actividades y Establecimientos de acuerdo a si pueden o no acogerse a la ley de microempresa familiar ingresen al siguiente vínculo:

http://www.paraemprender.cl/content/tr%C3%A1mites-para-constituir-una-microempresa-familiar


EIDE – Empresarizando Ideas
http://www.eide.cl/